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19-03-2024 05:40

En un momento en el que el conflicto en Justicia no solo suma meses abierto, sino que parece más próximo a su reactivación que a cualquier tipo de acuerdo satisfactorio para los trabajadores, y al que se suma ahora la aprobación -sorpresiva, unilateral y defendiendo su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia- del anteproyecto de reforma organizativa que tendrá un impacto...

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 12 de marzo, el Anteproyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia (o eso pretenden hacernos creer) del servicio público de justicia y de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios. Según esto: Desaparecen los Juzgados y se crean los Tribunales de Instancia, uno por...

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Publicado en el BOE la Corrección de errores de la Resolución de 17 de julio de 2018, conjunta de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal de los atrasos correspondientes al incremento del 1,5 por ciento y al incremento adicional del 0,25 por ciento previstos en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018.

Es importante esta rectificación porque publica un "NUEVO MODELO"

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En fechas pasadas se publicaron en el BOE las siguientes:

► Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 → ACCEDE

► Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo complementario del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del PIB previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 → ACCEDE

ÚLTIMA HORA: Publicada instrucción complementaria para el abono del 0,5%

► Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones complementarias para el pago al personal del sector público estatal de los atrasos correspondientes al incremento retributivo complementario del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del PIB previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 → ACCEDE

Conviene tener en cuenta lo siguiente: La nómina correspondiente a estos atrasos será confeccionada por la Habilitación del Departamento ministerial de origen, sin necesidad de previa petición del personal afectado.

 

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Publicado en el BOE la Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo adicional del 1,5 por ciento previsto en el artículo 23 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del "Plan + seguridad para tu energía (+SE)", así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.

A tener en cuenta, sobre todo, para quienes hayan cambiado de destino en este año.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

 

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Publicado en el BOE el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del "Plan + seguridad para tu energía (+SE)", así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.

En el artículo 23 podéis ver los efectos de la aplicación del pago del 1,5% de la subida salarial con efectos 1 de enero de 2022

ACCEDE AL REAL DECRETO

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Publicado en el BOE el Real Decreto 285/2022, de 19 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función, para dar cumplimiento a la disposición adicional centésima quincuagésima séptima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

ACCEDE AL REAL DECRETO

 

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Se ha dictado una sentencia por la Sección 4 de la Sala de Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremos por el que reconoce a una Letrada Sustituta "el derecho a que se le abone el sueldo establecido para la segunda categoría personal de LAJ desde la fecha en que, tras dicha consolidación, pasó a desempeñar puesto de trabajo de LAJ de tercera categoría".

Os adjuntamos la noticia que resume el contenido de la sentencia y la sentencia para quienes tengáis interés en profundizar en el tema.

ACCEDE A LA SENTENCIA

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Publicado en el BOE el Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de 2020, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.

En el mismo se aprueba una subida salarial inicial del 2%, con efectos 1 de enero, al que podrían añadírsele unos porcentajes adicionales, vinculados algunos al crecimiento del PIB y cumplimiento del déficit.

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Publicado en el BO el Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función.

ACCEDE

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Publicado en el BOE el Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.

En el mismo se aprueba la subida que ya os indicamos y que viene recogida en el artículo 11.

ACCEDE AL REAL DECRETO

También se ha publicado el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019.

ACCEDE AL REAL DECRETO

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El Consejo de Ministros del pasado 21 deciembre aprobó la subida salarial para 2019.

La subida determinada, con efectos 1 de enero, la podéis ver en el cuadro incluido a continuación.

Esta subida es de aplicación a todo el territorio nacional y las CCAA deberán implementarlo.

Como veréis se incluye una subida garantizada del 2,25%, al que se le puede añadir, con efectos 1 de julio, otro 0,25% si el PIB crece más del 2,5%.

Además quedará pendiente de aplicar otro 0,25% de fondos adicionales. Recordad que en 2018 había un 0,2 que aún no se ha distribuido.

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Publicada en el BOE la Resolución de 17 de julio de 2018, conjunta de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal de los atrasos correspondientes al incremento del 1,5 por ciento y al incremento adicional del 0,25 por ciento previstos en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018.

Atención: aquellos que por jubilación (producida tras el 1/1/2018) no estuvieran en servicio activo deberán solicitar el abono de los atrasos mediante la solicitud que se incluye, de igual forma deberán actuar aquellos que hayan cambiado de destino entre comunidades.

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A continuación os incluimos las diferentes resoluciones que incluyen los incrementos retributivos del 1% que se aplicarán al conjunto deretribuciones que percibimos, incluidos atrasos, diferencias por ámbitos.

ÁMBITO MINISTERIO:

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ANDALUCIA:

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ASTURIAS:

ACCEDE AL ACUERDO

GALICIA:

ACCEDE A LA ORDEN

MADRID:

ACCEDE AL ACUERDO

C. VALENCIANA

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CATALUÑA:

Según la información recabada del Departament, en la nómina de Julio se procederá a incrementar el 1% del total de las retribuciones y se abonarán los atrasos con efectos 1 de enero. Únicamente deberían pedir el abono de dichos atrasos lxs herederxs de funcionarixs fallecidos, al resto se les abonará de oficio (habrá que estar atentos que así sea)

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Al margen de las dudas que se está generando sobre el abono del 24,04% que "generosamente" Montoro anunció se nos iba a devolver y que dejaba en manos de las CCAA, dependiendo claro está de si cumplían el maldito déficit impuesto por Europa, en la Administración de Justicia se está produciendo una situación reflejo del desmadre que supone la gestión por las CCAA.

Las sentencias que se están dictando son claras y contundentes, a los funcionarios de la Administración de Justicia se nos debe devolver la paga extra de 2012 de forma integra, independientemente de la Comunidad Autónoma en que estemos destinados.

Ahora bien, a la hora de cumplir con esta obligación, las diferentes Administraciones con competencias han tomado diferentes caminos:

No obstante, hay Comunidades como Cataluña. Andalucía y Galicia donde los recortes no han sido únicamente en 2012, no teniendo claro aún si en 2015 volveremos a cobrar aquello que nos corresponde o seremos nuevamente expoliados. En Galicia se ha anunciado que hasta 2018 no se recuperará todo y en Cataluña andan a vueltas con la aprobación de los Presupuestos para volver a cobrar las dos pagas extras integras.

En Justicia y Progreso nos preguntamos por qué si el trabajo es el mismo, si las responsabilidades son las mismas, ¿debemos cobrar salarios tan dispares? Eso deberán responderlo los padres de nuestra Constitución y sus interpretes, pero tenemos muy claro que es totalmente injusto.

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robar_prohibido
Ya se puede ver en las nóminas del mes de abril de algunos territorios, que se han procedido a devolver las cantidades indebidamente retenidas en concepto de clases pasivas y MUGEJU en el mes de diciembre pasado y de lo que os dimos cumplida información.

Las cantidades que nos deberían devolver son:


MUGEJU CLASES PASIVAS TOTAL
FORENSES 47,27 107,96 155,23
GESTORES 37,2 84,97 122,17
TRAMITADORES 28,57 65,26 93,83
AUXILIO 22,6 51,63 74,23
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