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16-04-2024 10:48

La semana pasada, el ministro Félix Bolaños dio por cerrado el conflicto abierto hace ahora un año por los funcionarios de Justicia con un acuerdo para quienes trabajan en ámbito no transferido que no aborda ni una de las reivindicaciones del colectivo ni hace justicia con los 45.000 funcionarios de los cuerpos generales y especiales. Tras este cierre en falso y la convocatoria de movilizaciones...

Los sindicatos Justicia y Progreso y SPJ-USO seguimos apostando por la unidad sindical frente a los desmanes del Ministerio de Justicia y, como no, por el trabajo permanente y constructivo por y para TODOS los funcionarios que prestamos servicios en esta administración. En esa línea, y encontrándose actualmente en tramitación en el Congreso de los Diputados el anteproyecto de ley de reforma de...

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La MUGEJU, por fin, ha publicado una nota sobre la forma de gestionar las bajas.

Habrá de tenerse en cuenta que las bajas de los que están adscritos a los servicios públicos de salud son remitidas por los médicos del CAP a través de correo electrónico, pero los de las entidades médicas privadas, además de ser complicado contactar con un médico que nos pueda atender de forma telefónica, es muy complicada la expedición de la baja por medios electrónicos.

NOTA

Cuando un mutualista deba permanecer en aislamiento por sospecha de síntomas compatibles con COVID-19 y no pueda salir de su domicilio, debe  llamar a los teléfonos específicos de su comunidad autónoma,  previstos para información sobre coronavirus.

Los partes de Incapacidad Temporal derivados de la infección por coronavirus (por aislamiento preventivo o por padecer la enfermedad) deben ser cumplimentados por los médicos de atención primaria de los servicios públicos de salud en caso de adscripción del mutualista al servicio público de salud de la comunidad autónoma, o por los médicos de atención primaria de las entidades médicas en el caso de mutualistas adscritos a entidades aseguradoras.

Estos partes de baja se pueden expedir con posterioridad con efectos retroactivos para evitar que el paciente se vea obligado a acudir a un centro de salud o a una consulta privada. En todo caso, se aconseja comunicar esta circunstancia al órgano de personal que corresponda, según los casos (TSJ, Fiscalía, Ministerio de Justicia, o Consejería competente de las CCAA).

Los códigos a utilizar son los indicados para este procedimiento especial por el Ministerio de Sanidad son los siguientes:

Si se usa la CIE 10 ES: Contacto o exposición Z20.828, y en el caso de infección por coronavirus B34.2

Si se usa la CIE 9 MC: Contacto o exposición V01.79, y en el caso de infección por coronavirus 079.82

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