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08-03-2026 01:10

Como consecuencia de la toma de posesión de los opositores del cuerpo de Tramitación en los diferentes centros de trabajo de Cataluña, la Generalitat, cuando había varios interinos a los que cesar, ha tomado una decisión que entendemos contraviene la normativa vigente sobre ceses de personal interino. Para exigir su corrección y aplicación estricta de la norma hemos presentado el escrito que os...

Desde Justicia y Progreso denunciamos el fracaso estrepitoso, previsible y evitable del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya en la implementación de la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de justicia en los partidos judiciales de la tercera fase, situación esta que es extrapolable a cualquier parte del territorio estatal. Denunciamos el trato indigno y vejatorio al que...

En la página web de la mutualidad se ha incluido la siguiente nota informativa, que es extensible a quienes están sujetos al régimen general de la seguridad social:

La Agencia Tributaria (AEAT) ha comenzado la devolución de las cantidades retenidas en concepto de IRPF a los mutualistas de MUFACE, ISFAS y MUGEJU que disfrutaron de permisos por maternidad y paternidad entre 2014 y 2017.

Aquellos que se hayan acogido a dichos permisos durante 2018 no deberán realizar ninguna gestión, ya que la AEAT lo tendrá en cuenta de oficio en los datos fiscales de la campaña de la declaración de la renta actualmente vigente.

Un Real Decreto-ley del pasado 28 de diciembre extendió a las personas incluidas en el mutualismo administrativo la decisión  de la Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que en sentencia de 3 de octubre de 2018 determinó que las prestaciones públicas por maternidad y paternidad de la Seguridad Social están exentas del IRPF.

Hay que recordar que pueden solicitar la devolución aquellas personas que hayan disfrutado permisos de maternidad y paternidad durante 2014, 2015, 2016 y 2017.

Recordad que el plazo para reclamar las cantidades de 2014 prescribe el 1/7/2019 por lo que si no lo habéis reclamado os aconsejamos consultéis el siguiente enlace: DEVOLUCIÓN IRPF

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