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13-06-2026 04:27

Queremos expresaros nuestra más sincera y profunda gratitud por el apoyo que habéis depositado en nosotras y nosotros en las elecciones a la Junta de Personal celebradas en Valencia. Los 103 votos que hemos recibido representan mucho más que una cifra: son la confianza, la esperanza y el compromiso de quienes creen que la Administración de Justicia merece una representación nueva, valiente y...

El pasado día 9 tuvimos conocimiento de un documento de 6 hojas titulado "Enmiendas Ley Cora en materia de Registro Civil resumen de líneas generales".

No quisimos difundirlo para no desviar el interés, de ese y los siguientes días, en que la manifestación convocada por los compañeros del Registro Civil fuera un éxito.

Ahora, habiendo pasado el día 11, creemos oportuno hacerlo público poniendo énfasis en alguno de los aspectos incluidos en el mismo:

  • Como ya decíamos hace tiempo, a pesar de que el Gobierno se empeñaba en decir que los que iban a asumir el Registro Civil eran los Registradores Mercantiles, ahora dejan bien claro que también serán los Registradores de la Propiedad.
  • Se esfuerzan en decir que la fecha de entrada en vigor es el próximo 15 de julio y que no habrá prórroga.
  • Se indica que los Juzgados de Paz serán "Oficinas colaboradoras", ¿vamos a trabajar para los Registradores?
  • Desde el 15 de julio sólo expiden certificaciones los nuevos encargados.
  • Los libros del Registro deberán seguirse custodiando en los Juzgados.
  • Sobre el personal, se dice que se mantendrá en su puesto durante el período transitoria y se negociarán reordenaciones cada seis meses.

Analizado el contenido, no queremos acabar sin indicar que es muy curioso ver un documento que pretendería dar tranquilidad a los que allí trabajamos y no lleve ni membrete, ni firma ni nada.

ACCEDE AL DOCUMENTO.

Para acabar de rizar el rizo, durante ese mismo día se envía un supuesto comunicado al Registro Civil Central donde se pone de manifiesto que ese documento es de trabajo y de carácter provisional. Nuevamente sin membrete, firma ni nada de nada.

ACCEDE AL SEGUNDO DOCUMENTO.

 

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