Una vez más lo que nuestros políticos no hacen, trasponer las Directivas Comunitarias de forma automática, lo deberá hacer por resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea según se desprende del artículo que a continuación os incluimos. 
Como ya os habíamos adelantado, ante esta realidad y las presiones ejercidas por los interesados, Gallardón ya está preparando el terreno para "solventarles la papeleta" ampliando los actos de comunicación de los Juzgados y Tribunales en que podrán actuar, de forma que la profesión de Procurador siga "siendo necesaria", eso sí, en este caso lo será a costa la una profesión pública como la del Auxilio Judicial que verán reducidas substancialmente sus competencias, quizás la principal de las que actualmente ostentan.
Tan solo hay que ver el proyecto reforma del actual artículo 543.2 de la LOPJ, cuya redacción pasaría del "podrá realizar los actos de comunicación a las partes del proceso que la ley les autorice" a que (según establece el artículo 537.2) "en los casos previstos en la ley, corresponde a los Procuradores la realización de los actos de comunicación judicial, así como las actividades propias del proceso de ejecución y otras funciones de auxilio y colaboración con los Tribunales" para ampliar en el apartado 3, "en el ejercicio de las funciones contempladas en el apartado anterior, los Procuradores tendrán la condición de agente de la autoridad, bajo la dirección del Letrado al servicio de la Administración de Justicia y con sometimiento, en su caso, a control judicial". 

 La figura del Procurador tiene los días contados en los tribunales 
La Unión Europea cuestiona un monopolio que cuesta más de 3.000 millones de euros al año
La profesión de  procurador se tambalea. La intervención necesaria del procurador en la  mayoría de procedimientos judiciales podría tener los días contados, ya  que Bruselas quiere terminar con esta figura al cuestionar la  exclusividad de representación procesal de la Procura ante el Tribunal  de la Unión Europea. El experto y autor de la demanda, Magí Ribas  Alegret, afirma que la medida permitirá ahorrar más de 3.000 millones de  euros anuales al ciudadano español.
Hasta el momento, las demandas y los demás escritos que  tengamos que mandar a los juzgados tienen que ir encabezados con el  nombre de un procurador, que es quien además los firma en nuestro  nombre. Pero ese hábito procesal ha sido puesto contra las cuerdas por  la UE.
  
Ribas Alegret, abogado especialista contra la corrupción, ha  suscitado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE ante  la Audiencia Provincial de Tarragona, que está obligada a plantearla,  para que se pronuncie acerca de la incompatibilidad entre la Directiva  2006/123/CE relativa a los servicios, vigente desde diciembre de 2009, y  el Derecho español. "Dicha directiva suprime barreras de acceso y  ejercicio a los prestadores de servicios. España la transpuso en su  momento pero dejó de incorporar a su ordenamiento jurídico la actividad  que desempeña el procurador". "Cuando una directiva no es transpuesta  dentro del plazo legal sus disposiciones incondicionadas y precisas son  directamente invocables por los particulares. Así pues, he instado a la  Sala la aplicación de los artículos 15 y 25 de la Directiva de  Servicios, y solo en caso de duda, que eleve cuestión prejudicial al  Tribunal de Justicia de Luxemburgo", argumenta el letrado, para quien  "los abogados españoles podrán representar a sus clientes ante los  tribunales, tal y como sucede en casi todos los estados europeos".
Y es que en España, a diferencia de otros países de nuestro  entorno, el representante del cliente en juicio no es el abogado, sino  el procurador. Son muy pocos y de escasa importancia los asuntos donde  el demandante o denunciante puede asistir sin representación. Sus  detractores argumentan que se limitan a presentar escritos y remitir  notificaciones, una misión propia del abogado. 
A juicio de Magí Ribas, y dadas las circunstancias, la  Audiencia Provincial de Tarragona está obligada a someter la cuestión  prejudicial al Tribunal de Justicia europeo, por lo que es imposible que  esta decisión se quede en papel mojado. Hay que tener además en cuenta  que la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), alta autoridad en la  materia, reitera poner fin al monopolio de la representación de los  procuradores y abrir la actividad a la abogacía. En primer lugar, la CNC  exigió "revisar y reducir" la obligatoriedad de representación procesal  a través de un procurador, contando con que dicha obligación "ya ha  sido eliminada" y con "los avances telemáticos en las comunicaciones  entre la Administración de Justicia y los usuarios". "En el caso de la  actividad de los procuradores, no se observa que existan motivos que  justifiquen reservas frente a otros profesionales que desempeñan esa  misma actividad", explicó Competencia. 
La figura del procurador ha sido tradicionalmente desconocida y  por ello siempre cuestionada aunque podría estar próxima a desaparecer  de la escena jurídica. En el mundo de la Justicia desarrolla una labor  algo impopular y difícil de explicar al cliente, sobre todo,  porque es  él quien tiene que pagar sus honorarios. Es el profesional encargado de  representar a los clientes y actuar en su nombre en lo que a gestiones  se refiere. Sirve de conexión entre el tribunal correspondiente y las  partes, abreviando los trámites de comunicación procesal  (requerimientos, notificaciones, emplazamientos, citaciones). Tanto si  encuentra errores técnicos, como si comunica cualquier acto a las  partes, debe informar a los abogados, actuando de conexión entre ambos. 
Un anacronismo del sistema 
Aunque  eliminar a todo un gremio parezca tarea harto complicada, Francia ha  sentado precedente. "Con efectos 1 de enero de 2012, Francia terminó con  la profesión de avoué, colectivo importante cuya única función  era representar a los litigantes en la apelación. En primera instancia  desapareció hace algunos años. Si la República francesa ha cumplido su  parte del trato, el reino de España debe hacer lo propio", subraya  Ribas.
A juicio de este letrado, la intervención obligatoria de  procurador constituye un denostado anacronismo del sistema judicial  español, que carga al justiciable con un gravoso sobrecoste. "La  supresión del procurador agilizaría los trámites y facilitaría el acceso  a la Justicia, un hito que resultaría, sin duda, histórico", explica.
Sin embargo, en opinión de Magí Ribas Alegret, "más importante  aún es que esta medida permitirá avanzar en las recomendaciones del  Consejo de Europa para combatir la corrupción judicial, considerado una  prioridad porque debilita el Estado de Derecho y favorece la impunidad.  Resulta inadmisible que ciertos procuradores hagan lobby en los  juzgados", denuncia Ribas. "Los abogados somos los primeros en exigir  transparencia y decir basta a los seculares rincones opacos de la  Justicia, lo contrario retarda la salida de la crisis y nos sitúa al  borde del tercermundismo. Nuestro modelo deben ser los tribunales  alemanes, no los congoleños", sentencia.
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