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29-03-2024 06:55

Este 26 de marzo se celebró una nueva reunión de la mesa de negociación de Cataluña y, aunque fuera la tercera, el dicho no se ha cumplido. Y no lo ha hecho porque el Departament de Justícia parece pretender que, con una simple tirita, sane la herida retributiva abierta entre los funcionarios que prestamos servicios en este ámbito y los que lo hacen en otros como la Comunidad de Madrid. Para...

El Departament de Justícia se sigue mofando de los funcionarios que prestamos servicio en este ámbito. Es la primera conclusión que extraemos del comunicado conjunto difundido este jueves por los sindicatos de la mesa de negociación tras la reunión celebrada ayer, 20 de marzo. Aunque en esta segunda reunión se han producido ligeros avances respecto a la propuesta inicial de la Generalitat, lo...

Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La prórroga establecida en este Real Decreto se extenderá hasta las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020.

ACCEDE AL REAL DECRETO

Tras esta publicación, la Comisión Permanente ha decididio extender durante el nuevo periodo de estado de alarma la eficacia de los acuerdos adoptados hasta ahora en relación con la pandemia de coronavirus COVID-19 y más concretamente mantienen la suspensión de todas las actuaciones judiciales programadas y los plazos procesales que tal decisión conlleva, salvo en los supuestos de servicios esenciales.

ACCEDE A LA NOTA DEL CGPJ

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Publicada en el BOE la Resolución de 27 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la reanudación de los procedimientos de adquisición de la nacionalidad española regulados en el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia y en la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

 

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Publicado en el BOE el Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario.

Esta norma nos afecta de dos formas diferentes:

► En la Disposición adicional quinta se regula la concesión de licencias y abono de retribuciones a los mutualistas de MUGEJU en situación de incapacidad temporal durante la vigencia del estado de alarma

► En la Disposición final primera se establece la consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio donde tengan el domicilio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19.

ACCEDE AL REAL DECRETO-LEY

 

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El CGPJ ha anunciado en su web que mañana, en la reunión de la comisión de seguimiento donde no participan los representantes de los trabajadores, abordarán un documento con medidas para elaborar un plan de choque para evitar el colapso de la Justicia tras el fin del estado de alarma.

Esperemos que esas medidas no supongan un paso en la privatización que algunos pretenden, las pretendidas reformas procesales que no corresponde dictar al CGPJ, la eliminación de los partidos judiciales, forzar la implantación de los Tribunales de Instancia.

Y también esperamos que no suponga que tengamos que trabajar mañana, tarde y noche, de lunes a domingo, que no nos extrañaría.

ACCEDE A LA INFORMACIÓN

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El Gobierno ha aprobado hoy los términos que garantizan la continuidad de las retribuciones de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) a los funcionarios de Justicia en situación de incapacidad temporal durante el estado de alarma.

En especial debería hacer referencia a los que entran en el séptimo mes ante la imposibilidad de tramitar la petición del complemento que debe abonar la MUGEJU de forma electrónica.

ACCEDE A LA NOTA DE PRENSA

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El Ministerio ha hecho llegar a los compañeros afectados por la implantación del teletrabajo en los Registros Civiles la siguiente: NOTA INFORMATIVA

Desconocemos si la voluntad del Ministerio es entregar ordenadores para trabajar (como así lo reflejan en una parte del escrito) o quieren que lo hagamos con nuestros ordenadores (aquellos que lo tengan o sea compatible). En fin un pequeño paso pero bastante insuficiente aún.

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La MUGEJU informa que los mutualistas que optaron por los servicios públicos de salud gestionado por las Comunidades Autónomas, que los correspondientes a los sistemas públicos de salud de Madrid y de Illes Balears se han integrado en los sistemas de receta electrónica de dichas Comunidades Autónomas, uniéndose a los mutualistas del Servicio Valenciano de Salud.

Como siempre hay que mirar la letra pequeña y ver la nota incluida para aquellos que estéis en la Comunidad de Madrid, una nueva "chapuza" tras el fracasado anuncio inicial, para esto mejor dejarlo como estaba.

ACCEDE A LA NOTA COMPLETA

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murcia

A continuación os incluimos el protocolo de actuación para la cobertura de los servicios esenciales del Registro civil relativos a la expedición de licencias de enterramientos durante el estado de alarma decretado con motivo del Covid-19 (27 de marzo de 2020) y pautas complementarias en la provincia de Murcia.

Este protocolo se dicta en desarrollo de la Resolución el Ministro de Justicia en aplicación de la Orden SND/272/2020 del Ministerio de Sanidad sobre medidas excepcionales para el Registro Civil durante la pandemia Covid-19

ACCEDE AL PROTOCOLO

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Dictada nueva instrucción en la que la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública sobre remisión de datos de los Registros Civiles establece que "Todos los Registros civiles, tanto exclusivos como con competencias en otras materias, así como los registros civiles de los Juzgados de paz, remitirán a esta Dirección General a la dirección de correos Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla., una vez finalizada su jornada laboral, una relación en la que conste el número de defunciones que han tenido acceso al Registro, número de licencias de enterramiento que se han concedido, y el lugar de la defunción, especificando la localidad y si la misma se ha producido en un hospital, residencia o vivienda habitual".

Esta decisión viene motivada porque con "el aumento de número de defunciones y la reducción del personal en los Registros civiles no es posible tener actualizada a diario la plataforma Inforeg"

Es decir, que como no se fían de los datos obtenidos por el Ministerio de Ciencia e Innovación (Sistema MoMo) de mortalidad que se publica casi a diario, van a obligar a los trabajadores del Registro Civil, a los que ya han impuesto unos horarios de mañana y tarde y permanencia diaria, que se queden más rato a hacer ese cuenteo y que luego lo remitan a través de correo electrónico (que muchos Juzgados de Paz ni disponen). ¿Que pretenden con esta medida obligar a más personal a ir a trabajar? ¿Realmente estos datos no se reflejan en el MoMo? ¿Creen que con estos datos se podrá contrastar la evolución del Covid?

Sr Ministro y ¿por qué no hacen caso a nuestra petición y facilitan medios electrónicos de gestión del Registro Civil dictando una instrucción para que hospitales y funerarias remitan toda la documentación en formato digital?

ACCEDE A LA INSTRUCCIÓN

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El Consejo General de Colegios Farmacéuticos y Cruz Roja han llegado a un acuerdo de colaboración que puede ser de interés para muchos mutualistas de MUGEJU con problemas para acudir a la farmacia en estos días de confinamiento por la crisis del coronavirus para la entrega de medicamentos en casa

ACCEDE A LA NOTA

También se ha incluido una nota sobre el suministro de determinados medicamentos. Así la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ha indicado que las prescripciones de medicamentos que contengan hidroxicloroquina/cloroquina como son los medicamentos: Dolquine, Xanban; HIdroxicloriquina Ratiopharm, Hidroxicloroquina Aldo-Union, y Resochin deben realizarse en las recetas oficiales y tiene que acreditarse que el paciente cumple los requisitos establecidos para su prescripción por lo que deberá prestarse atención a las siguientes indicaciones.

ACCEDE A LA NOTA

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Publicada en el BOE la Orden SND/319/2020, de 1 de abril, por la que se modifica la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Afectaría a Médicos Forenses y profesionales adscritos al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, estando recogido en el artículo Primero cuatro

ACCEDE A LA ORDEN

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Tras los requerimientos efectuados por este Sindicato ante la falta de claridad en la situación de los servicios esenciales que debían desarrollar los Juzgados y Agrupaciones de Paz, finalmente la Generalitat ha resuelto que el régimen sea de disponibilidad y ha dictado la siguiente:  INSTRUCCIÓN

Asimismo los Secretarios coordinadores han seguido dictando resoluciones que pretenden aclarar las anteriormente dictadas que complementan las anteriormente dictadas.

Os incluimos la totalidad de acuerdos dictados en Cataluña por los Letrados Coordinadores que son los que se nos están aplicando hasta la fecha.

SERVICIOS MÍNIMOS INICIALES EN BARCELONA

ACUERDO BCN DEL DÍA 30

ACUERDO BCN DÍA 31 (ampliación)

ACUERDO BCN PARA EAP

SERVICIOS MÍNIMOS EN TARRAGONA

ADAPTACIÓN EN TARRAGONA

SERVICIOS MÍNIMOS INICIALES EN LLEIDA

ADAPTACIÓN EN LLEIDA

SERVICIOS MÍNIMOS INICIALES EN GIRONA

ADAPTACIÓN EN GIRONA

SERVICIOS MÍNIMOS INICIALES EN FISCALÍA

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A continuación os incluimos una información que acabamos de recibir y que mañana se publicará en la intranet.

Creemos que es necesario adelantarlo para que así lo conozcaís y estéis tranquilxs sobre el abono de determinadas retribuciones que no están incluidas entre las que percibimos de forma fija y permanente en el tiempo. En concreto, hace referencia a la prestación del servicio de guardia en régimen de disponibilidad y el complemento de sustitución a cuerpo superior.

Esta garantía se establece durante la vigencia del estado de alarma por Covid-19.

ACCEDE A LA NOTA ACLARATORIA

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A continuación os incluimos tres archivos que corresponden a los Servicios mínimos establecidos por el Secretario Coordinador de Barcelona en adaptación de los nuevos límites establecidos por el Ministerio.

Como veréis uno es del día 31/3 que tuvo que ser aclarado con un segundo acuerdo de día 1/4 tras la "advertencia" que ha realizado el Consejo General del Poder Judicial.

ACUERDO INICIAL DEL DÍA 27

ACUERDO ACLARACIÓN DEL DÍA 30

ACUERDO DEL DÍA 31 (ampliación)

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El Secretario Coordinador de C.R. ha dictado en el día de hoy nuevo Acuerdo por el que, entre otros, se realiza una nueva designación de funcionarios que deben prestar los servicios esenciales.

Este Sindicato ha pedido que aclare determinados aspectos del citado Acuerdo, por cuanto consideramos que siguen siendo un tanto abstractos y en algunos aspectos creemos que son excesivas las dotaciones de compañeros/as que deberían acudir a determinados centros de destino. 
También se ha pedido:

► Aclaración de la situación de los Juzgados de Paz

► Se clarifique la peculiaridad de los servicios esenciales de los Decanatos (que no olvidemos no son Servicos Comunes) y de los Registros Civiles.                                               

► Se explique con más precisión el régimen flexible que se menciona.

► Se limite el desplazamiento a Centro Penitenciario a lo estrictamente necesario para que ningún compañero/a se desplace, no olvidemos que en dichos centros se halla “una población” de extremado riesgo ante el COVID-19, por lo tanto se debe precisar esas “presencias flexibles”.

Esperamos sean tenidas en cuenta nuestras peticiones para que así consigamos preservar más la salud del conjunto de trabajadores

ACCEDE A LOS SERVICIOS COMUNICADOS

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Os incluimos a continuación la Resolución del Secretario de Gobierno de Castilla la Mancha, esta Resolución, que deviene de la dictada en el día de ayer por el Sr. Ministro de Justicia, en vez de aclarar qué personas que debemos acudir a los centros de trabajo, deja en gran medida en manos del criterio del responsable funcionarial esta decisión, cuando en realidad no les corresponde asumir esa responsabilidad a estos compañeros en esta situación tan excepcional que vivimos, donde la voluntad del R.D. Ley que se dictó el pasado Domingo, y que no olvidemos, es donde nacen estas resoluciones, es que nos QUEDEMOS EN CASA la mayor parte de los ciudadanos.

Por cierto ¿que pasa que con los Juzgados de Paz que no se mencionan nunca?

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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El Ministro de Justicia ha dictado la Resolución por la que se adapta la cobertura de servicios esenciales de la Administración de Justicia al Real Decreto-Ley 10/2020 de 29 de marzo de 2020.

Creemos que una vez más la resolución es poco concreta y deja muchos flancos abiertos que puede permitir que los Secretarios coordinadores acaben ampliando la presencia efectiva de determinados servicios y no la disponibilidad, opción por la que parece se estaría apostando.

Una vez más tendremos que esperar a que se reunan y vuelvan a determinar los servicios reales en esas comisiones de seguimiento establecidas en cada comunidad autónoma.

También nos falta, una vez más, alguna referencia a los Juzgados y Agrupaciones de Paz, los grandes olvidados en esta crisis, parece que no les importen nada. Algunos dicen que no tendrán que abrir y solo estaría el personal en disponibilidad, pero claro, nos acordamos que también dijeron que estarían exentos los mayores de 60 años y aún no se les ha eximido.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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cantabria_general

Publicada en la web del gobierno de Cantabria las pautas de actuación en relación con posibles infecciones.

ACCEDE A LAS PAUTAS

El pasado día 24 se publicó en la web del gobierno de Cantabria la resolución del Director General de Justicia por la que se realizan adaptaciones organizativas a la resolución de 18 de marzo de 2020, sobre servicios mínimos esenciales en la administración de Justicia en Cantabria como consecuencia de la evolución epidemiológica del Coronavirus

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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El pasado jueves 26 de marzo, se llevó a cabo reunión de la Comisión de seguimiento del Covid-19 en Cataluña, en la que por cierto se han integrado los abogados y no está ningún representante de los trabajadores, en la que se aprobó una nueva determinación de los servicios mínimos que debemos cumplir a partir de este lunes para cubrir aquellos servicios esenciales dictados por el Consejo General del Poder Judicial.

ACCEDE AL ACTA DE APROBACIÓN

SERVICIOS MÍNIMOS EN BARCELONA

SERVICIOS MÍNIMOS EN TARRAGONA

SERVICIOS MÍNIMOS EN LLEIDA

SERVICIOS MÍNIMOS EN GIRONA

SERVICIOS MÍNIMOS EN FISCALÍA

La Generalitat ha mejorado el sistema de comunicación de las ausencias justificadas para no cubrir los servicios mínimos.

ACCEDE A LAS ACLARACIONES

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