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28-02-2026 07:31

Desde Justicia y Progreso denunciamos el fracaso estrepitoso, previsible y evitable del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya en la implementación de la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de justicia en los partidos judiciales de la tercera fase, situación esta que es extrapolable a cualquier parte del territorio estatal. Denunciamos el trato indigno y vejatorio al que...

El Gobierno ha anunciado que creará 500 plazas judiciales en 2026 para reforzar los tribunales de instancia de todo el país y otros órganos como las audiencias provinciales, los tribunales superiores de Justicia, la Audiencia Nacional o el Tribunal Supremo. Según su propia información, el nuevo modelo (Tribunales de Instancia) permite así crear una plaza judicial sin necesidad de crear un...

La Generalitat de Catalunya ha publicado en la Intranet el siguiente comunicado respecto a la adecuación de conceptos retributivos del personal del IMLCFC, que se aplicará en la  nómina de abril.

COMUNICADO: 

Complemento específico del personal al servicio del AJ en el IMLCFC

En la nómina del mes de abril de 2024 se aplicará a los trabajadores de la Administración de justicia que prestan servicios en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña (IMLCFC) la adecuación de conceptos retributivos que se establece en el Acuerdo de Gobierno de 19.9.2023, por el cual se aprueban los complementos específicos de la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de justicia en Cataluña de IMLCFC.

Esta adecuación consiste en dejar de aplicar en la nómina los conceptos retributivos fijos y periódicos que establece el RD 1909/2000, de 24 de noviembre, y abonar los que establece la LOPJ (complemento general del puesto y complemento específico), con los importes vigentes a fecha de hoy.

Supone una mejora retributiva anual del complemento de los médicos forenses en función de los puestos de trabajo que establece el Real Decreto 1033/2007, de 20 de julio. En el caso de los cuerpos generales las retribuciones correspondientes se ven mejoradas (Divisiones 1 y 2) o regularizadas (resto de divisiones) como complemento específico del puesto en función del cuerpo y del tipo de lugar.

ACCEDE AL COMUNICADO (CATALÁN)

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