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30-05-2026 01:39

En las visitas que venimos realizando en las últimas semanas por la provincia de Valencia, hemos podido detectar una serie de carencias que requerirían de una actuación seria y contundente de los sindicatos que están en la mesa de negociación. Así hemos detectado la nefasta resolución que regula las sustituciones verticales, del cuerpo de Tramitación a Gestión y del cuerpo de Auxiio a...

Justicia y Progreso hemos recibido quejas de diversos funcionarios destinados en los Tribunales de Instancia de la Comunitat Valenciana en relación con la existencia de un dossier que obraría en poder del Colegio de Procuradores de Valencia y de sus colegiados. Ante estos hechos, hemos iniciado una serie de acciones en protección de nuestros derechos, exigiendo se depuren responsabilidades y se...

La Generalitat de Catalunya ha publicado en la Intranet el siguiente comunicado respecto a la adecuación de conceptos retributivos del personal del IMLCFC, que se aplicará en la  nómina de abril.

COMUNICADO: 

Complemento específico del personal al servicio del AJ en el IMLCFC

En la nómina del mes de abril de 2024 se aplicará a los trabajadores de la Administración de justicia que prestan servicios en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña (IMLCFC) la adecuación de conceptos retributivos que se establece en el Acuerdo de Gobierno de 19.9.2023, por el cual se aprueban los complementos específicos de la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de justicia en Cataluña de IMLCFC.

Esta adecuación consiste en dejar de aplicar en la nómina los conceptos retributivos fijos y periódicos que establece el RD 1909/2000, de 24 de noviembre, y abonar los que establece la LOPJ (complemento general del puesto y complemento específico), con los importes vigentes a fecha de hoy.

Supone una mejora retributiva anual del complemento de los médicos forenses en función de los puestos de trabajo que establece el Real Decreto 1033/2007, de 20 de julio. En el caso de los cuerpos generales las retribuciones correspondientes se ven mejoradas (Divisiones 1 y 2) o regularizadas (resto de divisiones) como complemento específico del puesto en función del cuerpo y del tipo de lugar.

ACCEDE AL COMUNICADO (CATALÁN)

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