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30-05-2026 09:01

En las visitas que venimos realizando en las últimas semanas por la provincia de Valencia, hemos podido detectar una serie de carencias que requerirían de una actuación seria y contundente de los sindicatos que están en la mesa de negociación. Así hemos detectado la nefasta resolución que regula las sustituciones verticales, del cuerpo de Tramitación a Gestión y del cuerpo de Auxiio a...

Justicia y Progreso hemos recibido quejas de diversos funcionarios destinados en los Tribunales de Instancia de la Comunitat Valenciana en relación con la existencia de un dossier que obraría en poder del Colegio de Procuradores de Valencia y de sus colegiados. Ante estos hechos, hemos iniciado una serie de acciones en protección de nuestros derechos, exigiendo se depuren responsabilidades y se...

Publicada la siguiente nota informativa en la web del Ministerio: 

Con relación a la Base Segunda, punto 3 de la Orden PJC/1253/2025, de 27 de octubre (BOE 7 de noviembre), por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, en la que se indica que  el personal funcionario reingresado al servicio activo mediante adscripción provisional (Artículo 68.c) del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre), obligado a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estará excluido de la limitación temporal prevista en el apartado 2 de esta Base y que estará obligado a solicitar todas las plazas vacantes y posibles resultas anunciadas correspondientes a su Cuerpo o Escala de la provincia donde se encuentre adscrito, se informa que, debido a que el presente es un concurso especial en que se ofrecen las plazas incursas en el proceso de acoplamiento de la Fase I NUMO y, por tanto, no anunciadas en el concurso ordinario de Orden PJC/51/2025, de 16 de enero, aquel personal funcionario que se encuentre adscrito provisional no tendrá obligación de concursar, si no lo desea, en el presente concurso, pero sí será obligatorio en el siguiente concurso ordinario que se anuncie, si continúa en la misma situación.​

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