93.344.00.71/692.17.78.14
comunica@justiciayprogreso.com

Menú Principal

063507946
Hoy
Ayer
Esta semana
Este mes
Ultimo mes
Total
23249
56439
238460
921874
1591630
63507946

IP: 216.73.216.91
20-02-2026 12:19

Desde Justicia y Progreso denunciamos el fracaso estrepitoso, previsible y evitable del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya en la implementación de la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de justicia en los partidos judiciales de la tercera fase, situación esta que es extrapolable a cualquier parte del territorio estatal. Denunciamos el trato indigno y vejatorio al que...

El Gobierno ha anunciado que creará 500 plazas judiciales en 2026 para reforzar los tribunales de instancia de todo el país y otros órganos como las audiencias provinciales, los tribunales superiores de Justicia, la Audiencia Nacional o el Tribunal Supremo. Según su propia información, el nuevo modelo (Tribunales de Instancia) permite así crear una plaza judicial sin necesidad de crear un...

registro_civil_2

Como continuación a la información que desde Justicia y Progreso difundimos en el día de ayer a raíz de un artículo leido en los medios de comunicación, en estos momentos disponemos del proyecto que estaría circulando por los despachos del Ministerio y su séquito de asesores bien pagados.

El proyecto cuyo enlace directo os ponemos, lo hemos localizado en la web de Atlántica XXII donde se recoge un artículo que da información más detallada.

ENLACE AL PROYECTO

Como veréis es una versión que parece estar incompleta, desconociendo si existe una versión más avanzada, pero preferimos publicarla dada su importancia.

Desconocemos los precios que habrá que abonar con esta nueva privatización, pero podemos hacer todos una extrapolación de lo que nos cobran por sus actuaciones tanto Registradores como Notarios y podemos concluir que no será nada barato.

Por lo que se refiere al personal destinado actualmente en el Registro Civil, la última reforma de Ley que aún no ha entrado en vigor establece que:

El personal podrá optar a participar en la convocatoria de provisión de puestos de trabajo de las Oficinas Generales del Registro Civil, en la que tendrá derecho preferente por una sola vez, dentro del ámbito territorial del órgano convocante, a obtener destino definitivo. Mientras permanezcan en estas Oficinas del Registro Civil, estarán en la situación de servicio activo según lo previsto en el articulo 507 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el artículo 88.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y percibirán las retribuciones básicas correspondientes a su Cuerpo y las complementarias asignadas en la Relación de Puestos de Trabajo.

Al personal que obtenga destino definitivo en las convocatorias de provisión de los puestos de trabajo de las Oficinas Generales del Registro Civil se le aplicará el régimen estatutario de la Administración pública en la que preste servicios.

Veremos cómo quedará ahora cuando salga de las manos de Gallardón, pero de la lecturas que hemos realizado, el personal únicamente revertiría a la administración de Justicia sin tener la posibilidad, que la ley establecía, de pasar a trabajar en las nuevas oficinas del Registro Civil.

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

Este sitio web utiliza cookies y puede saber más sobre que son haciendo click en MÁS INFORMACIÓN.

  Aceptar las cookies del sitio.
Más Información