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11-04-2026 10:24

Con motivo de la incorporación de los nuevos funcionarios de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa , tras su nombramiento y adjudicación de destinos publicada en el Boletín Oficial del Estado de 19 de febrero , esta organización sindical ha tenido conocimiento de una serie de actuaciones que, de confirmarse, podrían constituir una grave irregularidad en la gestión de los...

Como consecuencia de la toma de posesión de los opositores del cuerpo de Tramitación en los diferentes centros de trabajo de Cataluña, la Generalitat, cuando había varios interinos a los que cesar, ha tomado una decisión que entendemos contraviene la normativa vigente sobre ceses de personal interino. Para exigir su corrección y aplicación estricta de la norma hemos presentado el escrito que os...

El pasado 8 de febrero tuvimos una reunión con el nuevo Gerente de la mutualidad al que le hicimos llegar una serie de propuestas para mejorar las prestaciones y el servicio que recibimos. Una de las prioritarias era la modificación de los partes de baja para que reflejaran que las mismas podían ser debidas a accidentes de trabajo lo que supondría no tener sorpresas en forma de descuentos en la nómina, cuando no debían producirse.

A raíz de esa propuesta, MUGEJU ha elaborado un nuevo parte de baja, que sustituye al anterior, y que deberéis utilizar en su caso.

ACCEDE AL NUEVO PARTE DE BAJA

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Resultado de imagen de RECONOCIMIENTO MEDICOS

Publicada en intrenet nota informativa para la realización de revisiones médicas a petición de interesados con el objeto de dar cumplimiento al derecho a la Salud Laboral que establece la Ley 31/95 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 22.

Se abre un plazo de 7 días naturales para formular la solicitud desde la publicación (6/6)

Reconocimiento Medico para los Funcionarios de la Administracion de Justicia

ACCEDE A LA SOLICITUD

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La delegación provincial de Barcelona de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) informa que en fecha 2 de mayo ha cambiado la persona responsable del Servicio de la Clínica de Atención Primaria de la MUGEJU ubicada al Palacio de Justicia de Barcelona.
Horario de atención del centro de Palau: días laborables, de 9 a 13 h
Recordar que también hay otro servicio en la Ciutat de la Justicia de Barcelona i l'Hospitalet,
Horario de atención: días laborables, de 8 a 12 h

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Como muchxs ya conocéis, existe un convenido entre MUGEJU y BBVA, que se renueva periódicamente, por el que nos ofrecen una serie de productos financieros que, en teoría, serían beneficiosos para nuestro colectivo si los comparamos con las ofertas que dicho banco realiza al público en general.

Pues bien, hace algunas fechas hemos podido comprobar que los términos del mismo NO se cumple en todos sus extremos, en particicular por lo que  se refiere a la rentabilidad que, aunque mínima, debería producirnos la cuenta del banco.

Ante esa situación, hicimos una circular que repartimos, presentamos un ESCRITO y tuvimos una reunión con el nuevo Gerente en los que le trasladamos nuestra preocupación por el trato recibido y le exigíamos una intervención.

Fruto de esas quejas, hemos visto como se ha constituido la Comisión de Seguimiento de dicho convenio.

Entendemos que se da un pequeño paso para solventar esos casos y os invitamos a todos a hacer llegar cuantas quejas tengáis al respecto para que MUGEJU intervenga y de respuesta a los supuestos abusos que puede estar cometiendo la entidad bancaria.

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En la página de la MUGEJU se ha incluido la siguiente nota informativa:

!Los mutualistas y beneficiarios de Mugeju residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias tienen garantizada la asistencia sanitaria a través del Servicio Canario de Salud, siguen adscritos a los mismos servicios y profesionales sanitarios y disponen de la misma tarjeta sanitaria individual que con anterioridad a las recientes sentencias del Tribunal Supremo".

ACCEDE A LA NOTA COMPLETA.

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Publicada en el BOE la Resolución de 23 de febrero de 2017, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convocan ayudas del Programa del Plan de Atención Socio-Sanitaria.

Los programas que se incluyen en esta prestación son:

a) Programa de atención a personas mayores.

b) Programa de atención a personas con discapacidad.

c) Programas de atención a personas drogodependientes.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 1 de diciembre de 2017.

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Publicada en el BOE la Resolución de 23 de febrero de 2017, de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifica la de 19 de diciembre de 2012, por la que se regulan las ayudas por tratamiento de psicoterapia o logopedia y la ayuda para gastos de hospitalización psiquiátrica para mutualistas adscritos a los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas.

ACCEDE A LA MODIFICACIÓN

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Os recordamos que estamos dentro del período ordinario para cambiar de entidad médica para aquellos que tenemos asistencia a través de MUGEJU.

A continuación os incluimos una serie de recomendaciones que deberéis tener en cuenta si no estáis contentos con vuestra entidad médica y habéis decido cambiar:

·    Deberá presentar la solicitud, debidamente cumplimentada y firmada,  entre el 1 y 31 de enero del 2017.

·    Se admitirá un solo impreso de solicitud, dentro del periodo establecido.

·    Las solicitudes presentadas antes o después de dicho periodo se consideran fuera de plazo y no podrán ser tramitadas.

·    Surtirá efectos desde el día 1 de febrero, del año 2017

·    Afectará tanto a titulares mutualistas como a beneficiarixs incluidxs en MUGEJU.

·    La tramitación se puede hacer también A TRAVÉS DE LA SEDE ELECTRÓNICA

A continuación os incluimos acceso a los cuadros médicos de las entidades que han renovado el concierto sanitario en MUGEJU y por los que podéis optar además de la Seguridad Social o los servicios sanitarios de las CC.AA.:

ASISA

CASER

DKV SEGUROS

MAPFRE FAMILIAR

SANITAS

SEGURCAIXA ADESLAS

 Os recomendamos verificar los cuadros médicos que incluyen en sus páginas para evitar sorpresas.

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Os incluimos a continuación la nota informativa que ha difundido la MUGEJU.

Datos obligatorios que el mutualista debe asegurarse que el médico debe cumplimentar para que la receta sea válida y pueda dispensarse en las farmacias y/o visarse en la MUGEJU, según lo regulado en el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación.

ACCEDE A LA NOTA INFORMATIVA

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