El Ministerio de Justicia ha hecho una interpretación de la Disposición Adicional Quinta del RD 364/1995, de 10 de marzo, de una forma un tanto peculiar, al trasladar el acuerdo de la Comisión Superior de Personal por el que se ratificaba el criterio de aplicación de dicha disposición adicional.
A continuación os incluimos la comunicación que afecta a quienes sean funcionarios de otros cuerpos o interinos en el momento del nombramiento como funcionarios del cuerpo de Gestión.
La Generalitat de Cataluña nos ha informado que aplicará los mismos criterios.
NOVEDAD:
A continuación os incluimos la circular dictada por la Generalitat → ACCEDE