El Ministro de Justicia ha dictado la Resolución por la que se adapta la cobertura de servicios esenciales de la Administración de Justicia al Real Decreto-Ley 10/2020 de 29 de marzo de 2020.

Creemos que una vez más la resolución es poco concreta y deja muchos flancos abiertos que puede permitir que los Secretarios coordinadores acaben ampliando la presencia efectiva de determinados servicios y no la disponibilidad, opción por la que parece se estaría apostando.

Una vez más tendremos que esperar a que se reunan y vuelvan a determinar los servicios reales en esas comisiones de seguimiento establecidas en cada comunidad autónoma.

También nos falta, una vez más, alguna referencia a los Juzgados y Agrupaciones de Paz, los grandes olvidados en esta crisis, parece que no les importen nada. Algunos dicen que no tendrán que abrir y solo estaría el personal en disponibilidad, pero claro, nos acordamos que también dijeron que estarían exentos los mayores de 60 años y aún no se les ha eximido.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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