El Departament de Justicia nos ha informado que la publicación del Decreto-Ley en el DOGC por el que se acordará la devolución de la parte no devuelta de la paga extraordinaria del 2012 está prevista para el 14 de Octubre.

El Decreto-Ley dispone que se abonará la paga extraordinaria de oficio a todos aquellos que estén prestando servicios en la Administración de Justicia en Cataluña en la fecha de entrada en vigor de la norma.

Por el contrario, la devolución a todos aquellos que por cualquier motivo no estén prestando servicios en Cataluña, se llevará a cabo previa solicitud del interesado.

La solicitud estará disponible en la web del Departamento de Justicia y en nuestra web

OJO: El Decreto-Ley prevé un plazo de 10 días hábiles para presentar la solicitud.

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