El pasado 3 de abril se publicó en la intranet de la Generalitat de Cataluña la instrucción SAJ/1/2025, que establece medidas provisionales para la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo, para el personal al servicio de la Administración de Justicia en Cataluña.
ACCEDE A LA INSTRUCCIÓN DE LA SAJ
A raiz de dicha circular, y como quiera que hacen recaer completamente en los Laj la decisión de poder teletrabajar o no, así como el día/s de su desempeño, por parte del Secretario de Gobierno se ha dictado INSTRUCCIÓN 1/2025, de 7 de abril de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por la que se fijan criterios de actuación en relación con la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia.