Tras los requerimientos efectuados por este Sindicato ante la falta de claridad en la situación de los servicios esenciales que debían desarrollar los Juzgados y Agrupaciones de Paz, finalmente la Generalitat ha resuelto que el régimen sea de disponibilidad y ha dictado la siguiente: INSTRUCCIÓN
Asimismo los Secretarios coordinadores han seguido dictando resoluciones que pretenden aclarar las anteriormente dictadas que complementan las anteriormente dictadas.
Os incluimos la totalidad de acuerdos dictados en Cataluña por los Letrados Coordinadores que son los que se nos están aplicando hasta la fecha.
SERVICIOS MÍNIMOS INICIALES EN BARCELONA
ACUERDO BCN DÍA 31 (ampliación)
SERVICIOS MÍNIMOS EN TARRAGONA
SERVICIOS MÍNIMOS INICIALES EN LLEIDA