Publicada en el BOE la Orden SND/261/2020, de 19 de marzo, para la coordinación de la actividad profesional de los miembros de los cuerpos de funcionarios regulados en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial durante la vigencia del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Se indica como finalidad de esta medida la de "salvaguardar la salud de los usuarios del servicio y de aquellos empleados públicos que estén llamados a garantizar el mantenimiento de la actividad esencial de la Administración de Justicia en aras del interés general y de la defensa de los derechos y libertades de la ciudadanía"

También se recoge que debe realizarse una "aplicación homogénea de los servicios esenciales para la salvaguarda de derechos y libertades de la ciudadanía", algo que desde Justicia y Progreso hemos demandado en la nota de prensa difundida ayer

Esperamos que en la reunión de hoy del Ministerio con las CCAA se ponga por fin la cordura y se establezca una prestación presencial de servicios mínimos muy reducida

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