Publicada en el BOE la Resolución de 29 de diciembre de 2014, conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones para la aplicación efectiva, en el ámbito del sector público estatal, de las previsiones de la disposición adicional décima segunda, de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015.
Esta Resolución conlleva la devolución de la parte proporcional correspondiente a los 44 días trabajados en 2012, quedando pues pendiente el resto hasta completar la paga completa.
Esta resolución no es de aplicación a los transferidos a las CCAA que deberán dictar su forma de ejecución. Nuevamente los que están gestionados por CCAA sufren una discriminación con aquellos que no lo son, a pesar de pertenecer todos al mismo cuerpo nacional, vergonzoso.
Conviene destacar lo siguiente:
- El abono se efectuaría en la nómina de enero.
- Las cantidades percibidas deben ser declaradas en la renta de 2015 (se presenta en 2016).
- Los que hayan cambiado de destino, trasladándose bien entre diferentes Comunidades Autónomas con competencias, o entre estas y el ámbito de Gestión del Ministerio, deberéis reclamar a la Administración en la que en diciembre de 2012 estabais destinados.