Tras la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró ajustadas a derecho las tasas judiciales en Cataluña, además de las que ya nos cobran a nivel estatal, se produjo una negociación con los representantes de los abogados consiguiendo que la Generalitat modificara la norma, estableciendo la exención para las personas físicas.

Resultado de ese acuerdo hoy se publica en el BOE el Decreto-ley 1/2014, de 3 de junio, por el que se modifica el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio.

Curioso es que la publicación se efectúe más de una mes después de su publicación en el DOG (5 de junio).

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